

El Domicilio social es el lugar donde una empresa lleva a cabo la dirección y la gestión administrativa de su actividad.
Queda constituido como establecimiento principal en los estatutos de la sociedad.
El Domicilio social y el fiscal siempre están sujetos a diferencias establecidas en las leyes y normativas de cada país.
Por eso conviene determinar las normas involucradas y asesorarse con un profesional en caso de dudas.
Las principales características de este tipo de domicilio son cinco.
De la ubicación del Domicilio social depende la localidad y la oficina de registro que corresponde utilizar.
Es muy frecuente que se presenten dudas entre ambos tipos de domicilio.
Para diferenciarlos conviene tener en cuenta cuatro puntos.
Una vez que la empresa se inscribe en el registro que le corresponde, cualquier persona interesada puede localizarla.
Con el domicilio fiscal eso no es posible, porque no es de dominio público.
Conviene aclarar que solo las sociedades comerciales disponen de un Domicilio social.
El concepto no aplica para las instituciones del sector público.
La razón por la que se fija el Domicilio social en las instalaciones administrativas es que allí se encuentran los documentos contables.
Al disponer de toda la información útil para la gestión, la junta general toma decisiones más rápidas.
En ciertos países resulta obligatorio dejar constancia del Domicilio social ante el registro público de comercio y ante la autoridad fiscal.
Además, cualquier cambio debe ser comunicado al fisco.
Cuando el Domicilio social no se informa al organismo fiscal, algunas legislaciones lo consideran igual al domicilio fiscal.
Una empresa de producción de textiles fabrica sus prendas en el sitio “A”, pero su sede u oficinas principales se encuentran en “B”.
Su Domicilio social es donde tiene su centro de gestión, es decir en “B”.
Además, en este caso bastante simple, el Domicilio social y el fiscal coinciden.