

El Capital social es una cifra estatutaria, no un saldo de dinero disponible.
Los recursos que los socios aportan se gastan, se invierten o se transforman, pero la cifra del capital permanece igual hasta que se acuerde formalmente cambiarla.
Esa cifra figura dentro del patrimonio neto del balance, que es la primera de sus tres piezas.
Las otras dos son las reservas, que acumulan beneficios no distribuidos, y el resultado del ejercicio en curso.
El patrimonio neto no equivale ni al total de los activos ni al valor de mercado de la empresa: es la diferencia entre el activo y el pasivo, medida con criterios contables.
Los socios que aportaron al Capital social participan de los resultados que obtenga la empresa, en proporción a lo aportado.
Los aportes de los socios para formar parte de la sociedad pueden ser de dos maneras.
La cifra inicial no queda fija para siempre: cambia cada vez que la sociedad acuerda un aumento o una reducción.
Un aumento de capital puede hacerse con aportes nuevos de los socios, con la entrada de socios nuevos o capitalizando reservas que ya estaban en el patrimonio neto.
Cuando el aumento se hace con aportes nuevos y un socio no acompaña, su porcentaje de participación se diluye aunque el importe que aportó siga siendo el mismo.
Una reducción de capital, en cambio, se utiliza para devolver aportes a los socios o para absorber pérdidas acumuladas.
Las dos operaciones exigen un acuerdo formal del órgano competente y las publicaciones o inscripciones que exija cada legislación.
Existen varios tipos de sociedades y cada uno tiene requisitos diferentes.
El importe mínimo exigido cambia según el tipo societario y, sobre todo, según el país donde se constituya.
Si ese mínimo no se alcanza, la constitución de la sociedad no puede llevarse a cabo.
Los importes que siguen corresponden a la legislación de España y sirven solo como ejemplo de cómo evolucionan estas cifras.
Sus decimales llamativos vienen de la conversión de pesetas a euros que se hizo al adoptar la moneda.
Esas cifras ya cambiaron: la ley española redondeó después el mínimo de la SL a 3.000€ y el de la SA a 60.000€.
Y desde la reforma de 2022 una Sociedad Limitada puede constituirse con 1€ de capital, con obligaciones de reserva hasta alcanzar los 3.000€.
Por eso conviene verificar siempre la normativa vigente en el país donde se vaya a constituir la sociedad, porque cada uno fija sus propios mínimos y los actualiza por su cuenta.
Casi todas las legislaciones societarias incorporan mecanismos para proteger la cifra de capital frente a los acreedores.
Los tres más difundidos son estos, aunque los porcentajes y los detalles cambian de un país a otro:
En España, además, cuando una Sociedad Limitada se constituye con un capital inferior a 3.000€ y llega a la liquidación sin fondos suficientes, los socios responden hasta completar esa cifra.
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Estas preguntas distinguen los aportes en dinero de los que no lo son, aclaran por qué el Capital social no es el patrimonio neto y cuándo se reparten dividendos.
El aporte dinerario se realiza con una cantidad determinada de dinero que se deposita en una cuenta de la sociedad.
El aporte no dinerario se hace con bienes o derechos de valor económico, como inmuebles, vehículos o maquinaria, y exige una tasación previa.
No. Se forma con los aportes iniciales y crece con cada ampliación de capital posterior.
También puede disminuir mediante una reducción de capital, que se utiliza para devolver aportes o para absorber pérdidas acumuladas.
Depende del país: las cifras que suelen citarse, 3.005,06€ para una SRL y 60.101,21€ para una SA, son de la legislación española y provienen de convertir pesetas a euros.
En España esos mínimos ya se actualizaron y desde 2022 una Sociedad Limitada puede constituirse con 1€, así que conviene verificar la normativa vigente del país correspondiente.
No, el Capital social es una parte del patrimonio neto.
El patrimonio neto suma además las reservas acumuladas y el resultado del ejercicio, y equivale a la diferencia entre el activo y el pasivo de la empresa.
Solamente cuando, hecho el reparto, el patrimonio neto no quede por debajo de la cifra de Capital social.
Esa condición existe para preservar el respaldo patrimonial de la empresa frente a sus acreedores.
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