Los impuestos internos son tributos selectivos al consumo que gravan la venta o importación de productos y servicios específicos, como tabacos, bebidas alcohólicas, vehículos o artículos suntuarios. El nombre cambia según el país: IEPS en México, ISC en Perú, impuesto nacional al consumo en Colombia e impuestos especiales en España. En Argentina están regulados principalmente por la Ley 24.674 y alcanzan a fabricantes e importadores, que los incorporan al precio y los trasladan a lo largo de la cadena comercial.
Este término describe el régimen vigente en Argentina.
El nombre y el alcance de estos tributos cambian de un país a otro: cada legislación arma su propia lista de bienes y servicios gravados.
A diferencia del IVA, que grava el consumo en general, los impuestos internos son selectivos.
Se aplican solo a los bienes y servicios que la ley enumera.
La familia a la que pertenecen se conoce internacionalmente como impuestos especiales al consumo, o excise taxes en inglés.
En México el tributo equivalente es el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
En Perú se llama Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), y en Colombia, impuesto nacional al consumo.
En Chile existen los impuestos adicionales a bebidas alcohólicas, tabaco y artículos suntuarios.
En España la figura son los impuestos especiales de fabricación, y en Estados Unidos los excise taxes federales y estaduales.
Los porcentajes, los productos alcanzados y la forma de liquidar se consultan siempre en la normativa local.
La ley argentina enumera, entre otros:
Los obligados a liquidar e ingresar el impuesto ante el organismo recaudador son, principalmente, los fabricantes, los importadores y los fraccionadores de los productos gravados.
Los impuestos internos tienen una característica poco intuitiva: el impuesto integra su propia base imponible.
Como no se puede aplicar la tasa nominal sobre una base que no incluye el impuesto, se usa una tasa efectiva calculada así:
Tasa efectiva = (100 x Tasa nominal) / (100 - Tasa nominal)
La tasa efectiva siempre resulta mayor que la nominal.
Un fabricante vende un producto gravado con tasa nominal del 8% y precio neto de 92.000 pesos:
El precio final al que se le suma después el IVA ya lleva los impuestos internos incorporados.
Para liquidar el gravamen, del precio de venta se deducen las bonificaciones y descuentos en efectivo, los intereses de financiación y el débito fiscal de IVA.
Esas deducciones proceden siempre que figuren discriminadas en la factura.
Cuando la empresa fabrica, importa o fracciona productos alcanzados, el sistema de gestión debe tener el impuesto interno configurado en cada producto gravado, con su tasa correcta.
Así, cada factura electrónica emitida calcula el gravamen de forma automática y consistente, sin depender de cálculos manuales.
Ese registro prolijo alimenta la contabilidad y simplifica las declaraciones juradas ante el organismo recaudador, que en Argentina es ARCA, el ente que reemplazó a la AFIP.
Un producto mal configurado, en cambio, distorsiona precios, márgenes y posiciones fiscales durante todo el período.
El hub de Impuestos y gestión fiscal ubica este concepto dentro de un proceso empresarial.
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