Contrato individual de trabajo

Contrato individual de trabajo

¿Qué es un Contrato individual de trabajo?

Es el acuerdo por medio del cual una persona natural (o física) se compromete a prestar servicios o realizar trabajos para otra persona natural o jurídica. El trabajador (empleado) se pone bajo dependencia y subordinación del patrón (empleador) y éste lo compensa con una remuneración.
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Contrato individual de trabajo

Este acuerdo es diferente al contrato o convenio colectivo de trabajo.

Siempre es recomendable, que los elementos contenidos en el contrato laboral individual se ajusten a las normas y disposiciones del orden público laboral.

Dichas normas ordenan y regulan las condiciones de los contratos de trabajo según la legislación que corresponda.

El Contrato individual de trabajo, sirve para proteger tanto los intereses del empleado como los del empleador. 

En este acuerdo quedan registradas las responsabilidades de ambas partes, el trabajo a cumplir, los beneficios a percibir y el plazo en que se entregará la compensación.

Características de un Contrato individual de trabajo

Todo acuerdo o documento legal tiene unas características que lo distinguen de otros. 

Un contrato individual de trabajo se caracteriza por lo siguiente:

  • Es bilateral, ya que ambas partes se comprometen o acuerdan hacer algo.
  • Tanto el empleado como el empleador reciben algo de la otra parte.
  • Es conmutativo, esto quiere decir que cada una de las partes puede verificar desde el momento de la celebración misma del contrato, las prestaciones, las obligaciones y los beneficios que se establecen en el acuerdo para ambas partes.
  • Sus efectos se prolongan en el tiempo.
  • Es personal, en cuanto a que el contratado es una persona física. Siendo que el empleador podría ser persona física o jurídica.
  • No requiere de formalidades para tener validez una vez que las partes han llegado a un acuerdo. Si contiene establecidas las personas, las condiciones, las prestaciones y el tiempo de duración o vigencia, una vez que se haya suscrito ya obligará a su cumplimiento. 

Siempre es preferible que la forma del contrato se ajuste a lo que en muchos países se denomina orden público laboral

Orden público laboral es un formato compuesto por una serie de normas, principios y disposiciones propios de cada país o estado que regulan las contrataciones laborales.

Tipos de Contrato individual de trabajo

La principal forma de clasificar un contrato de trabajo es según su duración:

  • Por periodos de evaluación o prueba en los que el empleador mide el grado de satisfacción con el trabajo realizado y puede prescindir de los servicios del trabajador o pasar a un modelo de contratación por un tiempo mayor.
  • Por un tiempo determinado que puede ser meses hasta un año, u otro período determinado como mínimo por la legislación de cada país. Al término de este contrato es posible renovarlo. La duración debe estar escrita en el contrato.
  • Contratación eventual que puede originarse por dos motivos: para el reemplazo de personal que se encuentra de vacaciones o por el aumento de producción en determinada actividad por temporada o por circunstancias de mercado.
  • Por tiempo indeterminado: es un contrato que no tienen fecha de extinción o finalización. Todo contrato laboral sin fecha de duración se considera indefinido.
Todo contrato se presume indefinido salvo que el plazo de duración o la fecha de extinción figure expresamente manifestada y por escrito en el contrato. Elementos que conforman un Contrato individual de trabajo

Es necesario que un contrato de trabajo contenga ciertas características generales y otras específicas.

Características generales que no es necesario que figuren por escrito en el acuerdo:

  • Supone una capacidad de ambas partes para actuar por sí mismas y comprometerse al cumplimiento.
  • Incluye un consentimiento mutuo en hacer algo cada una de las partes y estar de acuerdo en ello.
  • Persigue un objeto y una causa lícitas, que no sean contrarias a la ley y por las cuales las partes puedan convenir algo.

Además de lo mencionado, es necesario que en el documento queden expuestos otros elementos específicos que le dan formalidad y claridad al acuerdo generado. 

Cuestiones específicas que debe expresar el contrato de trabajo:

  • La tarea física o intelectual que el empleado va a desarrollar para el empleador.
  • La remuneración o compensación económica que va a entregar el empleador al empleado como pago por el trabajo o servicio realizado.
  • La relación de subordinación y obediencia para el desempeño de las tareas incluidas en el contrato. En un vínculo que reúne a ambas partes, el empleado acatará las órdenes o directrices del empleador en el marco del acuerdo contractual.

Finalización de contrato laboral

Diversos y variados motivos pueden poner término al contrato de trabajo entre los que encontramos:

  • Mutuo acuerdo.
  • Renuncia o dimisión del empleado.
  • Expiración del tiempo acordado.
  • Jubilación del empleado.
  • Cumplimiento de algún motivo o causa de disolución establecidos en el contrato.
  • Despido.
La disolución del contrato de forma unilateral e injustificada por parte del empleador implica una indemnización compensatoria para el empleado.
No hay obligación de pagar una indemnización si existiera una injuria tan grave cometida por parte del contratado que impida prosecución de la relación acordada en el contrato.

Edad necesaria para firmar un contrato individual de trabajo

Según el país del que se trate, hay diferencias en cuanto a la edad necesaria para trabajar y celebrar contratos. 

Los países que se enumeran a continuación requieren diferentes edades mínimas para suscribir un contrato de trabajo como empleados y además condiciones particulares obligatorias.

Argentina 

  • Se puede trabajar desde los 14 años sólo en empresas de los progenitores. 
  • A partir de los 16 años de edad se puede estar empleado en relación de dependencia con el consentimiento expreso de los padres o del tutor.
  • Bajo condiciones laborales que no impliquen peligro de alguna naturaleza para el empleado.

Chile 

  • La edad mínima es de 15 años.
  • Deben estar autorizados por sus padres o representantes.
  • El trabajo no debe perjudicar la salud o el desarrollo del contratado.

Colombia

  • A partir de los 16 años puede ser contratado.a
  • Exclusivamente a solicitud de los padres del menor.
  • Debe contar con la autorización del inspector del trabajo o autoridad local.

Ecuador 

  • Se requiere tener 15 años para suscribir contratos sin necesidad de autorización
  • Los trabajos no deben poner en peligro la salud del empleado.
  • El contrato no debe exceder las 30 horas semanales.

España 

  • Sólo los mayores de 18 años pueden ser contratados sin necesidad de permiso paterno. 
  • Pueden trabajar desde los 16 años quienes tengan autorización de sus padres o representantes o si están emancipados

Estados Unidos 

  • Se puede trabajar desde los 14 años en ocupaciones que no sean agrícolas
  • A partir de los 16 años la cantidad de horas semanales está restringida según el estado. 
  • El contratado no debe ocuparse de actividades peligrosas. 

México 

  • Se establece una edad mínima de 15 años con autorización de los padres o representantes.
  • Jornadas de 6 horas como máximo.

Perú 

  • Se puede trabajar desde los 14 años.
  • La edad mínima para estar empleado es de 15 años dependiendo del sector del empleo. 
  • La autorización de los padres es indispensable.
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Es el acuerdo por medio del cual una persona natural (o física) se compromete a prestar servicios o realizar trabajos para otra persona natural o jurídica. El trabajador (empleado) se pone bajo dependencia y subordinación del patrón (empleador) y éste lo compensa con una remuneración.

Transcripción del video ⌨️

Un contrato individual de trabajo, es el acuerdo por medio del cual una persona natural (o física), se compromete a prestar servicios, o realizar trabajos para otra persona natural o jurídica.

El trabajador (empleado), se pone bajo dependencia y subordinación del patrón (empleador), y éste lo compensa con una remuneración.

Este acuerdo, es diferente al contrato o convenio colectivo de trabajo.

Siempre es recomendable que los elementos contenidos en el contrato laboral individual, se ajusten a las normas y disposiciones del orden público laboral.

Dichas normas, ordenan y regulan las condiciones de los contratos de trabajo según la legislación que corresponda.

El Contrato individual de trabajo, sirve para proteger tanto los intereses del empleado, como los del empleador.

En este acuerdo, quedan registradas las responsabilidades de ambas partes, el trabajo a cumplir, los beneficios a percibir, y el plazo en que se entregará la compensación.

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